El último mes del año suele ser el elegido por muchas
personas para cerrar asuntos pendientes y que éstos no sigan siendo un estorbo
en el año próximo. Esta realidad, se materializa cada año también en los
Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos (CATV), comúnmente conocidos
como desguaces, donde la entrega de
turismos y furgonetas que han alcanzado el final de su vida útil, suele
incrementarse al menos en un 35%. Lo mismo sucede en la Dirección General
de Tráfico (DGT), la cual en sus estadísticas además de bajas definitivas
también contabiliza las temporales, y donde este aumento llegó en el mes de
diciembre de 2017 hasta el 54% con respecto a la media de los once meses
anteriores.
La principal motivación de este incremento de bajas de
vehículos durante el mes de diciembre tiene mucho que ver con el ahorro, pues
gran parte de los conductores que poseen un Vehículo Fuera de Uso (VFU) o que
va a estar inactivo durante un periodo indeterminado de tiempo, optan por alguno de estos dos trámites con
la finalidad de evitar los gastos que conlleva anualmente mantener un vehículo
que está dado de alta en los registros de la DGT (seguro obligatorio, ITV al
día y el pago de del impuesto de circulación al correspondiente Ayuntamiento).
Según datos provisionales de 2017 obtenidos en el portal
estadístico de la DGT, la media de turismos y furgonetas que se dieron de baja
entre los meses de enero a noviembre, fue de 38.594 vehículos al mes. Sin
embargo, de cara al mes de diciembre
esta cifra en la DGT se incrementó en un 54% llegando a ser dados de baja un
total de 83.691 vehículos, entre turismos y furgonetas.
¿Qué hay que hacer para dar de baja definitiva un vehículo
en la DGT?
Actualmente, este procedimiento
relacionado con los vehículos que han alcanzado el final de su vida útil,
depende exclusivamente de los desguaces o CATV, ya que de esta manera se
asegura la correcta gestión medioambiental del vehículo y su posterior
reciclaje. Es por ello que, una vez el vehículo ingresa en las instalaciones
del desguace y es registrado, se procede directamente a tramitar de manera
telemática su baja definitiva en la Dirección General de Tráfico (DGT).
Solo en aquellos casos en los
que, por diversos motivos, el propietario no dispone del vehículo o desconoce
el paradero del mismo, podrá acudir personalmente a una Jefatura de Tráfico
para explicar su situación particular y solicitar que se de baja definitiva el
mismo. También, las bajas definitivas por exportación (que son aquellas
correspondientes a aquellos vehículos que han salido de España para ser
matriculados en otro país) se tramitan directamente en las oficinas de la DGT.
¿Cuándo es el mejor momento para solicitar el trámite y
asegurarse de que éste se lleve a cabo antes de finalizar el año?
Desde RO-DES,
Red Operativa de Desguaces Españoles,
aconsejamos a los interesados en dar de baja definitiva en la DGT un vehículo
de su propiedad enviándolo al desguace, que no esperen a las últimas dos
semanas de diciembre, ya que por lo general los desguaces suelen estar
demasiado saturados. Además, si precisan que sea el propio CATV quién se
haga cargo de la recogida del coche o furgoneta con grúa, es muy probable que
la disponibilidad sea muy limitada debido al notable incremento de solicitudes
que se producen durante este mes del año y que en la mayoría de casos podría
provocar que no fueran capaces de asegurar que todo el procedimiento sea
llevado a cabo antes de finalizar el año.
Es por ello que, para garantizar
que un vehículo pueda ser retirado al desguace y dado de baja definitiva antes
del 31 de diciembre, se recomienda iniciar las gestiones una vez da
comiendo el mes. De esta manera, será mucho más fácil para cada uno de los CATV
que forman parte de la red de centros autorizados, organizar sus rutas y poder
dar un servicio satisfactorio a cada uno de sus clientes.
¿Qué documentos acreditan que la gestión por parte del CATV
se ha realizado correctamente?
Tanto el Certificado de
Destrucción como el justificante del trámite de baja definitiva, debe
proporcionarlos el CATV al propietario del vehículo, una vez éste ha
depositado el vehículo en sus instalaciones. Además, hay que tener en cuenta
que, si es el propio servicio de grúas del desguace el que se hace cargo del
traslado del vehículo y de la recolección de la documentación, ambos
justificantes podrían demorar en llegar a manos del titular del vehículo ya que
la gestión no puede realizarse hasta que no se registre el ingreso del vehículo
en el CATV.
¿Quién se encarga de comunicar la baja definitiva del
vehículo al Ayuntamiento?
Actualmente, es la propia
Dirección General de Tráfico la que se encarga de comunicar a los
correspondientes Ayuntamientos el listado de vehículos que se han dado de baja
definitiva en el registro. Esta comunicación, suele producirse a principios
del nuevo año natural por lo que generalmente los propietarios de aquellos
vehículos que se han dado de baja, ya no recibirán ningún otro cargo o
solicitud de pago relativa al impuesto de circulación (IVTM) del año en curso.
No obstante, desde RO-DES
informamos que en caso de que la comunicación por parte de la DGT no llegue a
realizarse a tiempo -algo que ya ha sucedido en determinados casos- y el
propietario reciba el requerimiento del pago del impuesto de circulación de
2019 por parte de su Ayuntamiento, éste podrá dirigirse a la sección de
recaudación del mismo para acreditar la entrega del vehículo en un CATV,
mediante el Certificado de Destrucción y el justificante de baja definitiva en
la DGT proporcionados por el desguace que se haya hecho cargo de la gestión
con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.